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| Extintores, Alarmas y Detectores (7) |
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| | La actual reglamentación define el número de extintores que debe llevar a bordo una embarcación de recreo en base a la eslora y potencia de sus motores.
Nº DE EXTINTORES POR LA ESLORA:
hasta 10 metros si lleva cocina y es habitable: 1 extintor de tipo 21B.
entre 10 y 15 metros: 1 extintor de tipo 21B.
entre 15 y 20 metros: 2 extintores de tipo 21B.
entre 20 y 24 metros: 3 extintores de tipo 21B.
Nº DE EXTINTORES POR LA POTENCIA DE SUS MOTORES.>BR>
hasta 150 KW: 1 extintor de tipo 21B.
entre 150 y 300 KW: 1 extintor de tipo 34B o 2 extintores de tipo 21B si hay 2 motores,
entre 300 y 450 KW: 1 extintor de tipo 55B o 2 extintores de tipo 34B si hay 2 motorres.
Para embarcaciones de menos de 10 metros de eslora la exigencia por potencias de motores es suficiente para cumplir con lo exigido en relación con la eslora. | |
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« Cuando la vela azota el palo ... ¡malo! »
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